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LEY PARA LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y USO SOSTENIBLE DE LOS HUMEDALES EN EL TERRITORIO NACIONAL
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La presente ley tiene como objeto establecer principios, enfoques y disposiciones generales para proteger, conservar y usar sosteniblemente los humedales; así como prevenir, reducir y mitigar su degradación, bajo una gestión integral, transectorial, descentralizada y participativa.
La presente ley tiene por finalidad contribuir a mitigar los efectos adversos del cambio climático sobre los humedales, considerando las medidas de mitigación y adaptación, así como asegurar la provisión de bienes y servicios que brindan estos ecosistemas a las personas y comunidades.
La presente ley es de cumplimiento obligatorio para las entidades de los tres niveles de gobierno, en el ámbito de sus competencias y funciones, y toda persona natural o jurídica, pública o privada que realiza o pretenda realizar actividades en los humedales y su entorno, dentro del territorio nacional. Los humedales son los manglares, lagunas, estuarios, albuferas, deltas, pantanos, lagos, lagunas, bofedales, manantiales, puquios, turberas y páramos, entre otros ecosistemas identificados como tales por la Estrategia Nacional de Humedales, el Mapa Nacional de Ecosistemas del Perú y otros instrumentos que se aprueben de acuerdo al marco legal vigente.
Tipo de norma: Ley |
Número de la norma: 32099 |
Estado de la norma: Vigente |
Fecha de aprobación de la norma: Sábado, 20 Julio, 2024 |
Elaborado por: Ministerio del Ambiente - MINAM |
Ámbito de aplicación: Nacional |
Representación Territorial: Perú |
Descriptores temáticos: competencias ambientales regionales y locales |