Normas
- Inicio
- Normas
Se otorgó la CONFORMIDAD al Informe Técnico Sustentatorio – ITS del Proyecto Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Transitabilidad Vial Interurbana en la Carretera Palmira, Miraflores, Bonda, YAsgolca, Distrito de Leimebamba.
COMPARTIR
Esta Resolución Directoral tiene como antecedente al Formulario F-01-DEGA, presentado por el Gobierno Regional Amazonas, el cual hizo llegar a la Dirección Ejecutiva de Gestión Ambiental (DEGA) del Gobierno Regional Amazonas el Informe Técnico Sustentatorio – ITS para el proyecto: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN LA CARRETERA PALMIRA, MIRAFLORES, BONDA, YASGOLCA, EL RAYO, EL ENCUENTRO, DISTRITO DE LEIMEBAMBA, PROVINCIA DE CHACHAPOYAS, DEPARTAMENTO AMAZONAS». El proyecto cuenta con el Código Único de Inversiones (CUI) 2628659.
El sustento legal para la emisión de esta resolución radica en que el Gobierno Regional de Amazonas, a través de la Autoridad Regional Ambiental (ARA), adquirió competencias para evaluar el Informe Técnico Sustentatorio – ITS y Declaraciones de Impacto Ambiental Categoría I. Esta competencia se ejerce en el marco de un Convenio de Delegación firmado con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el cual fue extendido mediante Adenda N° 1 del 11 de abril de 2025, hasta el 14 de abril de 2027.
El equipo evaluador de la DEGA, después de analizar la solicitud, emitió el Informe Técnico Legal N° 100-2025, recomendando otorgar la conformidad al instrumento ambiental. La evaluación determinó que el documento presentado por la Municipalidad Distrital de Molinopampa CUMPLE con las exigencias técnicas, administrativas y legales establecidas en el Artículo 11 del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes (D.S. N° 004-2017-MTC, modificado por D.S. N° 008-2019-MTC).
Por lo tanto, la Resolución ARTICULA PRIMERO la decisión de OTORGAR la CONFORMIDAD al Informe Técnico Sustentatorio – ITS del proyecto mencionado. Además, se establece que el titular (el GOREA) debe cumplir con todos los compromisos del Plan de Manejo Ambiental, comunicar el inicio de obras dentro de los 30 días hábiles posteriores, y se precisa que la conformidad perderá vigencia si no se inician las obras en un plazo máximo de cinco (5) años.
|
Tipo de norma: Resolución Directoral |
|
Número de la norma: 100-2025-GOREA-GARA-DEGA-D |
|
Estado de la norma: Vigente |
|
Fecha de aprobación de la norma: Martes, 23 Diciembre, 2025 |
|
Elaborado por: Gobierno Regional de Amazonas |
|
Ámbito de aplicación: Regional |
|
Representación Territorial: Amazonas |
|
Descriptores temáticos: 1 Temáticas SINIA, fiscalizacion ambiental |